| Reformas Fiscales 2008: Ley de Impuesto a los Depositos en Efectivo (IDE) |
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Bajo la argumentación de atacar la evasión fiscal generada por la existencia de mercados informales, a partir de enero de 2008, entrara en vigor esta Ley, que presenta, en terminos generals las siguientes caracteristicas: Elementos del Impuesto: Se gravara con una tasa del 2% a los depositos en efectivo que reciba una persona moral o fisica y cuyo monto acumulado en el mes supere los $25,000 pesos mexicanos (alrededor de $2,300 dolares americanos) considerando para ello, una o varias cuentas abiertas con la misma institución financiera. Este impuesto que sera retenido y enterado por la propia institución financiera, sera acreditable contra el Impuesto sobre la Renta del propio contribuyente, y adicionalmente, se preve que el supuesto de que en un ejercicio el IDE sea superior al ISR, el excedente se podra acreditar contra el ISR retenido a terceros y si aun asi, existiera un remanente a favor del contribuyente, dicho remanente se podra compensar contra Impuestos Federales como el Impuesto al Valor Agredado. Evidentemente, el mayor impacto del IDE se espera ver reflejado en aquellos contribuyentes que manejan altas cantidades de efectivo, tal es el caso del los supermercados, cines, restaurantes, entre otros. Miguel Rodríguez Brizuela Baje nuestro Newsletter completo en formato pdf aqui con informacion fiscal de Alemania, España y Portugal. |